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Incumplimiento de contrato sin llegar a juicio

¿Cómo logramos solucionar 90% de los incumplimientos sin llegar a juicio?

Por Saúl Alcántara, director jurídico de RG Asesores

Para todo incumplimiento de contrato notificado en poco tiempo a RG Asesores, existe la posibilidad de solucionarlo sin llegar a una demanda. Por medio de personal experto en la negociación intentan llegar a resolver el caso sin demandar a la parte provocante. El 90% de los casos que comienzan en la fase extrajudicial se resuelven sin llegar al juicio.

Existen dos fases en esta negociación las cuales están conformadas de la siguiente manera:

1.- Fase Telefónica

Aquí comenzamos con llamadas telefónicas, hacia el inquilino buscando conocer el motivo de su incumplimiento, y conminándolo a que resuelva mediante el pago o cumplimiento de la obligación.

De no ser posible hacerlo cumplir, contactamos al fiador del Inquilino y lo involucramos en la problemática, para que éste lo presione a cumplir, o bien cumpla por el Inquilino.

2.- Fase de Visitas Domiciliarias

Si las llamadas no fueran suficientes, pasamos a la etapa de visitas, donde acudiremos a los domicilios del Inquilino y/o su fiador para apremiar al cumplimiento del contrato.

El proceso extrajudicial es previo a cualquier demanda y no es permanente, de ser necesario después de cierto periodo sin respuesta se debe de proceder a la fase judicial.

Fecha de Publicación: domingo, 24 de enero de 2016

Acerca del Autor

Saúl Alcántara

Director Jurídico @ RG Asesores

Experto en temas jurídicos / inmobiliarios, cuenta con más de 20 años de experiencia como abogado inmobiliario.