¿Aumento de renta: cuánto y cuándo puedes incrementar la renta?

¿Aumento de renta: cuánto y cuándo puedes incrementar la renta? 

Cuando está próxima la fecha para el , es común que, tanto inquilinos como propietarios se planteen el escenario de y, como consecuencia de ello, tengan duda en cuanto al incremento anual de la renta. Aquí te explicaremos cuándo y cómo se puede llevar a cabo el aumento de renta, de acuerdo a ley vigente para la Ciudad de México. 

En primer lugar, se debe acudir al  para conocer lo que se pactó en el mismo, pues ello permitirá dar certeza a ambas partes en cuanto al incremento de la renta.  Muchos contratos establecen porcentajes de incremento o toma como base índices financieros o económicos públicos (INPC, TIIE,  etc.). Por ello, es importante precisar en el  (que recomendablemente debe ser escrito), la base o porcentaje de incremento y el tiempo en el cual se llevará a cabo. 

¿Cuánto puede subir la renta para casa habitación? 

En el caso de los arrendamientos para casa habitación, la legislación establece que la renta sólo puede ser aumentada anualmente y es un   
Ahora bien, con relación al monto o porcentaje del incremento, el artículo 2448-D de Código Civil (algo confuso, pero así es la redacción actual), señala que en los contratos en que el importe de la renta mensual no exceda de a 5,400 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente y no exceda de 9,000 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente, el incremento no podrá exceder del 10% de la cantidad pactada como renta mensual. 
Contravenir esta norma, daría como consecuencia que la cláusula del contrato donde se haya pactado un incremento superior al 10% o por tiempo menor a una anualidad, se tendrá por no puesta, o sea, no se considerará dicha cláusula, pero solamente por la parte que hace a este punto, consagrando de esta forme el derecho del inquilino y conservando el pacato contractual. 

¿Cuánto puede subir la renta para locales comerciales? 

Sobre los inmuebles destinados a comercio, no existen los supuestos antes señalados para el aumento de renta; sin embargo, el punto importante en los arrendamientos de este tipo es que se establezca en el contrato la base del incremento y el tiempo en que se realizará.  
Aquí podemos acudir a la costumbre, y ésta nos marca generalmente un incremento anual de la renta con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor del año inmediato anterior, que obedece a la inflación en nuestro país.  
Asimismo, se puede disponerse otra forma de incremento de renta, con base en el acuerdo establecido por las partes desde el contrato de arrendamiento.  
Finalmente, es importante que en cuanto exista el aumento de renta, se ajuste el que se dio al inicio del contrato de arrendamiento, de acuerdo a incremento del monto de renta, ya que este debe de corresponder a una parcialidad de la renta actual.  
Si te quedan dudas en cuanto al porcentaje que debes de subir de renta, o como notificarlo a tu inquilino, ¡! Tenemos un equipo de listos para asesorarte.  

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Saúl Alcántara